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Plan Individual de Ahorro Sistemático (PIAS)
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Foro sobre planes de pensiones y planes de jubilación.
AbajoPágina: 12
TEMA: Plan Individual de Ahorro Sistemático (PIAS)
#11109
Plan Individual de Ahorro Sistemático (PIAS) hace 13 Años, 3 Meses Karma: -2
Hola, buenas a todos los foreros, es estupendo que existan sitios como este donde cada uno aporte su granito de arena, he decidido comentar en planes de pensiones, para decir que a mi no me gustan demasiado ya que la fiscalidad a mi entender es abusiva y no rescatable hasta la jubilación.
Sin embargo hay fondos de inversion con ventajas fiscales estupendas que en el largo plazo estan dejando rentabilidades muy atractivas que superan la inflación como son los PIAS, que son planes de ahorro como puede ser un plan de pensiones pero con más ventajas. De hecho el que tengo yo en el 2009 dió un 35% y el el 2010 un 15%, por lo que está muy bien me parece a mi, además esta gestionado de manera que tiene muchisima dispersión del riesgo con la posibilidad de blindar las ganancias.

Saludos
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#11131
Re: Plan Individual de Ahorro Sistemático (PIAS) hace 13 Años, 3 Meses Karma: 6
Y cual es, en que entidad te lo has echo?, algo mas de luz a esto.
Lugape
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#11133
Re: Plan Individual de Ahorro Sistemático (PIAS) hace 13 Años, 3 Meses Karma: 76
¿Que entidad es?, ¿Que riesgos tiene? supongo que con esas rentabilidades tan bestiales, el riesgo irá en proporción o más.

Salu2.
juanmanuc
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Última edición: 14/01/2011 18:48 por juanmanuc.
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#13474
Re: Plan Individual de Ahorro Sistemático (PIAS) hace 13 Años, 1 Mes Karma: 108
No ha vuelto el creador del post, por lo que he visto las ventajas de las PIAS son estas:

- Recuperable antes del periodo indicado perdiendo los beneficios fiscales
- Recuperandolo como pensión vitalicia esta exento de tributación
- Se puede aportar 8.000€ como máximo anualmente y 240.000€ de ahorro máximo.
- Si tienes un seguro de vida lo puedes transformar en PIAS

Lo que no me cuadra es que te den tanta rentabilidad, por lo que he visto dan bastante menos.
morpheo81
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En el mundo hay bastante para satisfacer las necesidades de todos, pero no para saciar la codicia de unos pocos
 
#13938
Re: Plan Individual de Ahorro Sistemático (PIAS) hace 13 Años Karma: 2
buenos días
las rentabilidades van bajando, en el 2009 daban un 3% el primer año y ahora me están dando un 2%.
puedes cancelarlo cuando quieras, pero has de ir a la entidad físicamente.
esas rentabilidades no las he visto, pero si son así me apunto ya
un saludo
Justo
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#13982
Re: Plan Individual de Ahorro Sistemático (PIAS) hace 13 Años Karma: 8
Hace tiempo que e oído hablar de los PIAS y me han comentado que es lo mejor que puedes hacer si no tienes ganas de ir abriendo depósitos en distintas entidades bancarias aprovechando las ofertas.

Haber si alguien que tenga uno nos puede facilitar mas información.
ismaac
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#14027
Re: Plan Individual de Ahorro Sistemático (PIAS) hace 13 Años Karma: 76
Justo escribió:
buenos días
las rentabilidades van bajando, en el 2009 daban un 3% el primer año y ahora me están dando un 2%.
puedes cancelarlo cuando quieras, pero has de ir a la entidad físicamente.
esas rentabilidades no las he visto, pero si son así me apunto ya
un saludo


A ver, porque ya de entrada no coinciden los intereses que tu dices y los que dijo el que abrió el hilo.


Salu2.
juanmanuc
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#14128
Re: Plan Individual de Ahorro Sistemático (PIAS) hace 13 Años Karma: 19
HOLA
Yo entro aqui ..
www.ocu.org/planes-de-pensiones-una-fisc...-pretende-s23281.htm

lo he comentado en otro foro y para no repetirme

www.ahorristas.es/foros/hipotecas/13808-...-hasta-donde-llegara
y la verdad

Según un estudio realizado por la OCU en su boletín financiero Dinero Quince , la ampliación de las aportaciones máximas a planes de pensiones prevista por el Gobierno para el año 2002 resultará beneficiosa sólo a aquellos partícipes con rentas anuales más altas (superiores a los 9 millones de ptas). Sin embargo, puede atragantarse a muchos otros, sobre todo a aquellos partícipes con rentas más bajas o los que tienen la jubilación a tiro de piedra. A estas personas, los nuevos límites de aportación pueden incitarles, equivocadamente, a realizar unas mayores aportaciones a sus planes que, en lugar de beneficiarles, les harán pagar al fin y a la postre más impuestos en el momento de recuperar el dinero del plan.

Más claro con un ejemplo

La revista de la OCU ejemplifica la nueva situación en un caso concreto: Una persona que gane poco más de 4 millones de ptas al año, tenga dos hijos, su mujer no trabaje y presenten declaración conjunta. Su base imponible por tanto es de 2 millones de ptas. Ha terminado de pagar la casa y en su banco le aconsejan que aporte 800.000 ptas al año hasta su jubilación a un plan de pensiones y así conseguirá un jugoso ahorro fiscal. ¿Es cierto esto?

En realidad, no. El secreto de los planes de pensiones consiste en no declarar rentas hoy, pero sí hacerlo en el futuro y generalmente a una tasa impositiva mayor. Las aportaciones a planes de pensiones se reducen de la base imponible del año de la aportación, lo cual equivale a declarar que se gana menos dinero y así pagar menos impuestos. Sin embargo, en el momento del cobro del plan, todo el dinero acumulado se suma a la base imponible, lo que equivale a declarar que se gana mucho más dinero, aunque eso sí, Hacienda entiende que si lo cobra en forma de capital (todo de una sola vez) y han pasado más de dos años desde la primera aportación "sólo" se tributa por el 60% de lo cobrado en el plan. Al ser creciente la escala de gravamen impositiva (se paga proporcionalmente más impuestos por el último millón declarado que por el primero) y como habitualmente se acumula un capital importante en el momento del cobro, se suele terminar pagando en el año del rescate del plan muchos más impuestos que los que se ahorraron en el momento de la aportación. Es lo que ocurre en el ejemplo de la OCU.

Aportar o no aportar, esa es la cuestión

Ahora bien, el ahorro fiscal conseguido con el plan de pensiones se puede reinvertir en un fondo de inversión y obtener así un rendimiento adicional. De todas formas, si en lugar de aportar a un plan de pensiones, al ciudadano del ejemplo, si hubiese invertido sus ahorros en otro producto -como un seguro de ahorro, por ejemplo- con mejor fiscalidad a la hora de recuperar el dinero, aunque sin ninguna ventaja fiscal en el momento de la aportación, las cosas le habrían ido mejor: tendría más dinero para disfrutar en su jubilación y además con la ventaja adicional de poder recuperar su dinero más fácilmente que con un plan de pensiones.

La OCU concluye que siempre que la tributación de los planes de pensiones se mantenga como hasta ahora,

- a las rentas más bajas (hasta 4 millones de ptas), generalmente no les interesa aportar al máximo sistemáticamente a planes de pensiones, resultándoles más rentable invertir en un seguro o, si la jubilación está a menos de 5 años vista, en un fondo de inversión.

- a las rentas más altas (más de 9 millones), siempre les vendrá mejor optar por un plan de pensiones, aunque si sus ingresos no pasan de 13 millones no deberían aportar la cantidad máxima permitida durante los últimos años antes de la jubilación.

- a las rentas medias (entre 4 y 9 millones), también puede resultarles mejor aportar a un plan siempre que no acumulen mucho capital en el cobro (es decir, tributen menos del 28,8%); si acumulan mucho capital y sus rentas están entre 4 y 6 millones, no deben aportar nada al plan en los últimos 8 años o realizar menores aportaciones en los últimos años si sus rentas están entre 6 y 9.

En resumidas cuentas

Muchos son los factores que influyen a la hora de evaluar si merece la pena o no aportar a un plan de pensiones. En la práctica, cada caso es un mundo y habrá que echar cálculos para saberlo. De todas formas, Dinero Quince extare las siguientes conclusiones:

· Los ingresos actuales del inversor son los que determinan la potencialidad del ahorro: a mayores ingresos, mayor ahorro con los planes, y viceversa. Así, a aquellos con ingresos más altos (más de 9 millones de ptas) casi siempre les interesará aportar a planes y además en las cuantías máximas que les permite la ley.

· El capital acumulado en el plan será el que determine los impuestos a pagar en el momento del cobro del plan: cuanto mayor sea el capital acumulado, mayores serán los impuestos a pagar. Por ello, a veces merece la pena aportar menos para no acumular mucho capital al final. Si el 60% del capital acumulado sumado a sus ingresos normales supera los 11 millones de ptas, tributará al 28,8% real (el 60% del tipo máximo del 48%), por lo que, salvo que el ahorro con las aportaciones más la reinversión del mismo sea superior, no le interesará hacer nuevas aportaciones.

· El número de años entre la aportación realizada y el cobro del plan : cuantos más años hayan transcurrido, mayor será el capital generado por la reinversión del ahorro fiscal inicial. Así, las personas con menores rentas y por tanto un menor ahorro fiscal les interesará sobre todo empezar a aportar lo antes posible.

Aunque los límites máximos actuales a planes de pensiones permitan aportar anualmente el 25% de los rendimientos netos del trabajo hasta un máximo de 1.200.000 ptas (en el caso de los mayores de 65 años, el 40% hasta un máximo de 2.500.000 ptas), en muchos casos no le interesará aportar el máximo permitido. Es más, las medidas previstas por el Gobierno para el 2002 con el fin de aumentar considerablemente los límites actuales, en muchos casos no hacen sino inducir a error a los ahorradores (aportando más de lo aconsejable). Así p.ej., a una persona de 60 años, con una base imponible de 4 millones (con un límite de aportación por tanto de 1.600.000 ptas) y que tenga más de 12 millones acumulados en el plan, no le interesará aportar ni una sola peseta al plan. En el mismo caso estaría p.ej. el contribuyente al que Hacienda ya le devuelve todo lo retenido (porque está pagando su vivienda habitual y sus ingresos no son muy elevados). Asimismo, nunca se debe aportar una cuantía superior a la de su base imponible (posibilidad que admite los nuevos límites), ya que en este caso el ahorro será nulo y después tributará por ello.

En resumen, para que aportar el máximo legal permitido a planes de pensiones resultase siempre la opción más recomendable, la OCU considera (y así lo planteará ante el órgano competente) que Hacienda debería permitir -cosa que actualmente no hace-que aquellos inversores que optasen por fraccionar el cobro del capital en distintos años (la opción en principio más recomendable) pudieran aplicar la reducción del 60% a todos los capitales y no sólo a uno como ocurre hasta ahora.

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oka
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